M. FRESNO | Santa Cruz de Tenerife
El Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (Semac) de Santa Cruz de Tenerife tramitó un total de 2.141 despidos hasta agosto de 2011, según los datos facilitados por la Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias al Parlamento regional.
Esto significa que, en la provincia occidental, se despidió una media de 267 personas al mes y 8,9 al día. De los ocho meses analizados, julio y febrero fueron los que registraron el mayor número de despidos, con 295 y 280 rescisiones de contratos, respectivamente. En todo el año, la cifra no bajó de los 240.
En 2010, el número de expedientes es aún más escalofriante porque alcanza los 3.585 (1.444 más que en 2011), lo que significa que hubo casi 300 despidos al mes (298) y 10 diarios (9,8). La situación en 2009 empeoró aún más. Con 4.154 expedientes presentados en el Semac, se pasa a 346 despidos mensuales y 11,5 diarios.
En la provincia de Las Palmas, la situación es todavía más desalentadora porque, siempre según los datos de la propia Consejería de Empleo, se ha pasado de 3.232 despidos, en los primeros ocho meses del año, a 6.180 en 2010, momento en el que se dobla casi la cifra de este año. En 2009 fueron 7.469.
En cuanto a los trabajadores afectados por Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), hasta el mes de agosto se presentó un sólo expediente que afectó a 26 trabajadores. La razón dada por la empresa fue la económica.
Ésta, junto a razones organizativas y de producción, son las usadas por las empresas para justificar los expedientes de regulación de empleo. En el año 2010 fueron dos los ERE registrados en la provincia, que afectaron a 62 trabajadores, y en 2009, uno, que afectó a siete empleados. En este caso, la razón fue organizativa y de producción, y en 2010 debido a causas económicas.
En Las Palmas la situación empeora. Este año ya se han presentado cuatro ERE que han afectado a 150 empleados, y en 2010 fueron cinco, lo que supuso el despido de 222 empleados. Todas las empresas alegaron razones económicas para justificar el expediente.
La Consejería de Empleo recuerda, no obstante, que estos datos pueden variar levemente, dado que, desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 5/2002, de 24 de mayo, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad, no es necesario presentar reclamación de impugnación de despido ante el Semac para tener acceso a las prestaciones de desempleo en caso de que exista un acuerdo del trabajador con la empresa en el pago de la indemnización que, por tiempo de prestación del servicio, le pudiera corresponder a éste.
Por ello, la cifra de 8,9 despidos diarios puede ser superior, ya que muchos de estos desempleados podrían haber llegado a un acuerdo con los responsables de sus empresas y no registrarse en el Semac, sino pasar directamente a engrosar las listas del paro y percibir así la prestación por desempleo.