domingo, 17 de julio de 2022

De la negociación por WhatsApp a los coches de lujo: los hitos del caso canario de las mascarillas investigado por Anticorrupción


Iván Suárez/canariasahora.com 

https://www.eldiario.es/canariasahora/tribunales/negociacion-whatsapp-coches-lujo-hitos-caso-canario-mascarillas-investigado-anticorrupcion_1_9174839.html

El caso de las mascarillas del Servicio Canario de Salud (SCS) comienza en mayo de 2020, en pleno estado de alarma por la pandemia de Covid-19, con la negociación, a través de Whatsapp y durante 21 días, de un contrato de emergencia para dotar a los hospitales públicos de las Islas de un millón de mascarillas de la máxima protección (FFP3). Más de dos años después de aquella adjudicación, la Hacienda canaria sigue intentando recuperar los cuatro millones de euros que el Gobierno regional pagó a una empresa dedicada a la compraventa de vehículos sin haber recibido ni una sola unidad del material comprometido.

Entre medias, la Agencia Tributaria Española trituró una partida de 900.000 mascarillas falsas que llegaron al aeropuerto de Gran Canaria procedentes de Etiopía diez meses después de la formalización del contrato y el empresario adquirió, a través de préstamos entre distintas sociedades de su propiedad, coches de alta gama por un importe superior al millón de euros.      

El fiscal delegado contra la corrupción y la criminalidad organizada de la provincia de Las Palmas, Javier Ródenas, que investiga el caso desde abril, presentó el pasado lunes una querella dirigida contra el actual director del Servicio Canario de Salud, Conrado Domínguez; la anterior directora general de Recursos Económicos del organismo público, Ana María Pérez, y el empresario Rayco Rubén Rodríguez, administrador de RR7 United S.L., la adjudicataria de ese contrato de emergencia, al apreciar indicios de la comisión de los delitos de prevaricación administrativa, tráfico de influencias, estafa agravada y blanqueo de capitales. 

La querella del fiscal Anticorrupción se articula en dos ejes. El primero analiza la presunta estafa cometida por el empresario. El segundo escudriña la actuación de la administración autonómica, que llega a calificar de “grotesca”, “negligente” o “temeraria”. En su relato, Ródenas advierte un interés del director del SCS por otorgar un “trato de favor” a un amigo, intermediario en la operación, a través de un procedimiento “abrumadoramente irregular”. 

El Gobierno de Canarias, a través de su portavoz, el socialista Julio Pérez, ha anunciado esta semana que se personará en el procedimiento penal para intentar recuperar a través de esta vía los cuatro millones de euros abonados al empresario. Por su parte, Conrado Domínguez defendió el pasado miércoles, mediante un audio difundido por el departamento que dirige, que todas esas actuaciones siguieron “la legalidad vigente” y que la administración autonómica colaborará con la justicia y en la recuperación de esos fondos que se esfumaron.  

Estos son los hitos más destacados del caso: 

El contacto y la negociación

El fiscal atribuye a Conrado Domínguez la negociación y “directa adjudicación” del polémico contrato. Este economista había sido director del SCS desde enero de 2017 (nombrado por el entonces presidente Fernando Clavijo, de Coalición Canaria, tras la ruptura del pacto de gobierno con el PSOE), hasta las elecciones autonómicas de 2019. Sin embargo, tras la irrupción de la pandemia, el Ejecutivo ahora liderado por el socialista Ángel Víctor Torres decidió incorporarlo como coordinador al Comité de Gestión de Emergencias Sanitarias, un movimiento que acabaría precipitando la salida de la consejera de Sanidad, Teresa Cruz, vinculada con un sector del PSOE muy crítico con la gestión de Domínguez en sus años con el Gobierno de CC. Fue con esa condición de coordinador del comité de crisis con la que el actual director del SCS (cargo al que volvería en septiembre de 2020) asumió la negociación.

En esos primeros días de mayo, Domínguez recibió la llamada de un amigo, Osvaldo Lastras, un entrenador personal y comercial de productos de nutrición que le presentó a su compañero de trabajo Samuel Machín, la personas que se erigiría en el intermediario, que negoció los términos de ese contrato de emergencia para Rayco Rubén González. El único nexo entre las partes, destaca la Fiscalía, era “la vinculación de amistad”. Todos ellos “carecían de la mínima solvencia técnica y profesional para acometer” esa importante operación que buscaba “reponer el stock de los EPI (Equipos de Protección individual) de los sanitarios de los hospitales públicos de Canarias no con cualquier mascarilla, sino únicamente con mascarillas que tuvieran la clasificación FFP3”, las de máxima protección y rendimiento. 

Conrado Domínguez, siempre según el relato de la querella, aceptó que Samuel Machín fuese su interlocutor y que la comunicación se realizara a través de Whatsapp. Durante 21 días, los que transcurrieron entre el 3 y el 24 de mayo, ambos mantuvieron un “intercambio fluido de mensajes”. Para valorar la decisión de adjudicarle el contrato, el entonces coordinador del Comité de Emergencias Sanitarias “únicamente pidió” al intermediario que le entregase la tarjeta de identificación fiscal de la empresa RR7. La única referencia sobre el material decía que el empresario “tenía un colaborador que podía traer las mascarillas de África”. 

Anticorrupción destaca en su querella que el actual director del SCS, a pesar de ser considerado como “un experto” en gestión, no preguntó cuál era la solvencia profesional y técnica de la empresa, su capacidad real de suministro, dónde estaban las mascarillas, si ese colaborador era agente exclusivo de 3M (la fabricante a la que aludía la oferta), cuál era el lote de producto, cómo se iba a realizar el transporte o qué relación había con los proveedores y la fabricante. Con esta información “raquítica”, Domínguez ordenó el 24 de mayo, a través de un mensaje de WhatsApp a la directora de Recursos Económicos del SCS, Ana María Pérez, realizar el pedido de un millón de mascarillas FFP3 por cuatro millones de euros. 

El adjudicatario había pactado unas comisiones (primero de 50.000 y después de 100.000 euros) con los intermediarios, el amigo de Conrado Domínguez (Osvaldo Lastras) y su compañero de trabajo (Samuel Machín), aunque nunca llegó a recompensarles con el dinero prometido. “A Rayco (administrador de la empresa RR7 United, que tenía como objeto la compraventa de vehículos y un capital social de 3.000 euros) no le hizo falta engañar para conseguir el contrato. Le bastó ser amigo. Ser amigo del amigo del contacto estrecho” del actual director del SCS. 

El contrato

El contrato se rubricó el 25 de mayo de 2020, en pleno estado de alarma. Se justificó por “la necesidad urgente por la emergencia sanitaria de contar con un stock mínimo de diez semanas de EPI (FFP3) y, de otra parte, el menor precio ofertado de estas mascarillas FFP3 por la mercantil RR7, que ofrecía cuatro euros por unidad”. Sin embargo, el objeto del contrato hacía referencia a un millón de mascarillas N95 modelo 1860 marca 3M que no estaban certificadas para su venta en Europa. Un mes antes de esta adjudicación, la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa había publicado una normativa que permitía el acceso durante la pandemia a material sanitario que no tuviera el marcado CE reglamentario y fijaba una tabla de equivalencias. El modelo contratado, sostiene el fiscal “no se ajustó a la necesidad justificativa del gasto público”, puesto que se equiparaban a unas FFP2, no a FFP3

La querella subraya que días antes el SCS había rechazado varias ofertas de empresas que ofrecían mascarillas FFP2 con disponibilidad inmediata porque “ya había en cantidades aceptables para varios meses”. Además, el precio pagado por las mascarillas equivalentes a FFP2 a la empresa de Rayco Rubén González era “muy superior” (cuatro euros por unidad) al precio mayor (2,94) de todos los contratos de este tipo en Canarias durante la pandemia. 

El fiscal Ródenas afirma en su escrito que en el expediente administrativo consta que “varias empresas se ofrecieron a suministrar mascarillas FFP2 en condiciones más ventajosas y, sobre todo, con más garantía y calidad que la adjudicataria RR7 y, sin embargo, fueron rechazadas”.  

Los pagos

La autorización de los pagos correspondía a la directora de Recursos Económicos del SCS, Ana María Pérez, que abandonó ese cargo en abril de 2022, justo el mes en el que Anticorrupción abrió las diligencias de investigación a raíz de una denuncia presentada por el empresario Juan Manuel Pérez con 59 resoluciones emitidas por el organismo público entre 2020 y 2021. 

En los contratos de emergencia para el suministro de material de protección sanitaria durante la pandemia, el mecanismo habitual consistía en anticipar la mitad del importe y pagar el resto una vez se hubiera acreditado que los productos habían llegado a su destino y se hubiera dado la conformidad con el albarán sellado por los hospitales públicos. Ana María Pérez, que había sido “ajena a las previas negociaciones” vía WhatsApp entre el director del SCS y el intermediario, concretó el primer pago, de dos millones de euros, el 7 de agosto de 2020.

Es en el segundo, autorizado el 30 de octubre del mismo año, cuando se consuma lo que la Fiscalía Anticorrupción define como “el timo de Rayco”. Once días antes, el adjudicatario había remitido un correo a la directora de Recursos Económicos del SCS en el que solicitaba el anticipo de los restantes dos millones de euros ante la “complejidad para la adquisición de las mascarillas 3M a través de los proveedores” y la existencia de “una demanda enorme de gobiernos y demás entidades institucionales”. “Necesitamos que llegue el resto del dinero para terminar con esta operación con 3M y no generar riesgos”, decía en esa comunicación. 

El fiscal subraya que hasta aquel momento, cinco meses después de la adjudicación de un contrato de emergencia que tenía como objetivo reponer el estocaje de mascarillas FFP3 en los hospitales públicos de Canarias durante los primeros meses de la pandemia, el SCS no había realizado ninguna actuación tendente a la consecución de ese material de protección. 

Antes de acceder a realizar el segundo pago, la alto cargo se reunió con dos jefas de Contratación de su Dirección General que le advirtieron de que el riesgo de estafa o engaño era “notorio” y que, tras las comprobaciones oportunas, habían llegado a la conclusión de que la adjudicataria era “una empresa fantasma, pirata”, sin ningún tipo de relación con el sector sanitario ni solvencia ni capacidad. Pese a estas advertencias, acabó ordenando librar el pago después de que la directora general de Programas Asistenciales del SCS defendiera la necesidad de completar el proceso de adquisición porque China había prohibido la exportación de mascarillas FFP3 y había escasez de material en el mercado. 

Anticorrupción sostiene que este segundo pago fue “temerario y negligente” y ocasionó un menoscabo de dos millones de euros a las arcas públicas, aunque la directora de Recursos Económicos “obviamente no quiso causar el perjuicio” al patrimonio que gestionaba. 

Según la querella, de ese dinero obtenido de manera presuntamente ilícita, Rayco Rubén González incorporó a su patrimonio 1,35 millones de euros que destinó a la compra, por un importe superior al millón, de coches de alta gama (Posche, Lamborghini, Masserati, Bentley...) a través de un entramado societario y de préstamos entre sociedades de su propiedad, y a mantener “un elevado tren de vida”. 

La partida de Etiopía

Uno de los episodios más llamativos de este caso que se encamina a la fase de instrucción penal ocurrió meses después de ese segundo pago, cuando llega al aeropuerto de Gran Canaria un cargamento con algo más de 900.000 mascarillas procedentes de Etiopía que el adjudicatario del contrato habría obtenido a través de un proveedor de origen jordano. 

La Agencia Tributaria española revisó la partida por su “perfil de riesgo”, ya que la empresa fabricante 3M había solicitado la intervención de las autoridades tras detectar un incremento de las “actividades fraudulentas y de falsificación” de la marca a raíz de la pandemia. Esa empresa acreditó que las mascarillas eran falsas y en Aduanas se destruyó la mercancía, se trituró, conservando “una mínima muestra” para posibles comprobaciones posteriores. Fue el propio empresario, que no opuso ninguna objeción, quien asumió el coste de esa operación. 

El fiscal remarca que 3M había habilitado una línea telefónica directa antifraude para verificar si las ofertas eran de distribuidores autorizados de la marca y que, a pesar de ello, el SCS no hizo ninguna comprobación sobre esa partida que acabó siendo destruida en Aduanas. 

“Tras el pago de cuatro millones de euros, (el adjudicatario del contrato) solo pudo ofrecer una partida de mascarillas falsas, importadas desde Addis Abeba, en la fecha de 16-2-2021”, expone Ródenas. La querella constata que el empresario realizó dos pagos por un importe total de 2.65 millones de euros a la entidad Charles Douglas Solicitors, el agente fiduciario al que “supuestamente abonó el importe de las mascarillas falsas”. El importe declarado a la Agencia Tributaria por un total de 913.200 unidades de mascarillas era de 2.283.000 euros. 

Resolución y modificación del contrato

El primer día de febrero de 2021, un mes antes de la llegada del cargamento con mascarillas falsas de Etiopía, el SCS había iniciado el expediente para resolver el contrato de emergencia por incumplimiento del adjudicatario. Tras los trámites pertinentes y el plazo de alegaciones, la Dirección General de Recursos Económicos del organismo público lo dio por extinguido mediante una resolución fechada el 13 de mayo y requirió a RR7 United la devolución de los cuatro millones de euros que había pagado por anticipado sin recibir ni una sola mascarilla.

Pero el caso no acabaría ahí. Un mes y medio después, el 29 de junio de 2021, la empresa remitió un escrito en el que solicitaba la modificación del contrato (aunque ya estaba formalmente extinguido) para cambiar, por el mismo precio, el suministro el millón de mascarillas comprometidas (3M Modelo 1860 N95) por 1,2 millones de unidades de FFP3 de otra marca y modelo, las Honeywell Superone El SCS accedió, pero “huelga decir”, añade Ródenas en su escrito, que la sociedad RR7 United “jamás cumplió ese nuevo contrato”. 

Para el fiscal Anticorrupción, “lo grotesco” es que la modificación concedida obedecía a una negociación previa, vía Whatsapp, entre el director del SCS, la directora de Recursos Económicos y el intermediario de la operación, Samuel Machín. “No existía ningún interés que no fuera personal en modificar un contrato sin vigencia frente a una empresa que, ya no es que no cumpliera su prestación (pasado más de un año desde que se le adjudicó por vía de emergencia la necesidad de reponer las mascarillas FFP3 por la situación crítica de los hospitales públicos de Canarias), sino que importó mascarillas falsas que no motivaron -siquiera- su denuncia en la jurisdicción penal competente”, expone. 

La querella sostiene que la administración autonómica no solo debió resolver el contrato, sino que, además, debió reclamar a la empresa de automóviles una indemnización por daños y perjuicios. En cambio, le concedió “una nueva oportunidad de modificar las prestaciones”, una “nueva vida jurídica” para “un incumplidor (culpable) que, para mayor colmo, había importado mascarillas falsas que hubieron de ser destruidas”, añade. 

El informe de la Audiencia de Cuentas

Además de las penales que puedan derivarse del procedimiento que ahora se abre con la querella de la Fiscalía Anticorrupción, los altos cargos del SCS pueden enfrentarse a responsabilidades contables, esto es, a la obligación de indemnización por los daños y perjuicios causados, si se acredita que “por acción u omisión contraria a la ley” han originado “un menoscabo de los caudales públicos”. Lo deberá determinar el Tribunal de Cuentas. 

En un informe aún provisional (sujeto a alegaciones) fechado el pasado mes de mayo, la Audiencia de Cuentas de Canarias aprecia indicios de responsabilidad contable en la actuación de los gestores públicos, a quienes reprocha que no hubieran verificado la solvencia y capacidad de la adjudicataria ante un contrato de tan elevada cuantía.