miércoles, 18 de julio de 2012
Diputados y senadores se evitan el certificado para el descuento aéreo
JOAQUÍN ANASTASIO
MADRID
Los diputados y senadores canarios, así como los parlamentarios regionales, tendrán más fácil que el resto de sus conciudadanos demostrar que son residentes en el Archipiélago a la hora de tomar un vuelo o un barco y acceder al descuento del 50% del billete. Frente a la obligación para el conjunto de la población isleña de tener que presentar en mano un certificado de residencia, tal como establece la ley de presupuestos del Estado que acaba de entrar en vigor, los parlamentarios canarios podrán ahorrarse el engorroso trámite de solicitar el documento en el municipio donde estén empadronados. Les bastará con mostrar en la puerta de embarque su acreditación parlamentaria, mientras que el resto de viajeros que quieran beneficiarse del descuento tendrán que llevar en mano, además del DNI, el papel que confirme que efectivamente están empadronados en alguno de los municipios canarios.
Así se lo ha trasladado el Ministerio de Fomento a las compañías aéreas en una circular donde recuerda la entrada en vigor de la nueva norma el próximo 1 de septiembre y establece el mecanismo de verificación de la residencia.
Aunque la disposición adicional septuagésima segunda de la ley de presupuestos que implanta esta norma no incluye de forma directa ninguna excepcionalidad para la demostración de la condición de residente, el ministerio interpreta que la acreditación parlamentaria es un documento suficientemente probatorio, por lo que exime a sus poseedores del nuevo trámite, según se desprende de esa circular.
Sin embargo, esta excepcionalidad no aparece en el cartel que Fomento ha distribuido entre las compañías aéreas y aeropuertos de los territorios extrapeninsulares anunciando la implantación del certificado de residencia desde el 1 de septiembre, y respondiendo a algunas de las dudas sobre su puesta en funcionamiento.
En esos carteles divulgativos se señalan únicamente los diferentes documentos acreditativos que deben presentar en cada caso los ciudadanos españoles (certificado de residencia y DNI) y extranjeros (certificado y DNI o pasaporte) residentes en Canarias para optar al descuento, sin establecer excepciones de ningún tipo y dando a entender por tanto que los parlamentarios están incluidos en el primero de los casos.
Sin embargo, en la circular interna girada a las compañías aéreas, se establece otro apartado para senadores o diputados, a los que se les exigirá en todo caso la credencial de las correspondientes cámaras. En ellas deben constar además del nombre y apellidos, el DNI y la circunscripción por la que es electo. Hasta la fecha, senadores y diputados estaban sujetos al mismo sistema de acreditación de residencia que el resto de los canarios, es decir, debían mostrar el documento de identidad en el momento del embarque.