jueves, 13 de agosto de 2009

La banca nunca pierde



RUBÉN REJA
La banca nunca pierde. Esta manida frase se ha convertido en realidad para los titulares de más de 120.000 hipotecas en Canarias, que cuando firmaron con el banco pasaron por alto la denominada cláusula suelo o en lenguaje bancario: Límite a la variación del tipo de interés. Una condición del contrato hipotecario que fija el porcentaje más bajo al que podrá pagar el préstamo al margen de la cotización del Euribor. Pese a que no todas las entidades la aplican, cerca del 40% de las familias con cargas hipotecarias están sujetas a esta cláusula.


Los afectados por la misma se enfrentan a una situación sorprendente, ya que pese a que el Euribor más el diferencial acordado en su día con su entidad hayan bajado, los bancos fijaron un límite de entre el 3% al 5%, por lo que tendrá que seguir pagando en relación con ese mínimo. De esta forma, el ahorro no se materializa pese a que el Euribor ha pasado del 5,3% de hace solo un año al 1,34%.


"Hay familias que viven con las hipotecas al cuello y que corren el riesgo de perder su casa, y se enfrentan a un engaño flagrante; debido a que la entidad, valiéndose de la confianza que le tiene depositada su cliente, les ha colocado un límite", denuncia el director de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios en Canarias (Ausbanc), Jerónimo Barrera.


Esta cláusula puede quitarse si el banco y el hipotecado llegan a un acuerdo, pero el problema está en la falta de información al respecto. "La gente no sabe lo qué es el suelo y los bancos lo que hacen es obviar la cláusula sin dar información al respecto si no se les pregunta", indican desde Ausbanc. Lo peor es que las bajadas del Euribor serán en muchos casos no reales.
Los detractores de esta medida señalan que al cobrar más de lo que corresponde en base al desconocimiento del cliente, en estos críticos tiempos es una actuación de mala fe. Además, Ausbanc destaca que es un aprovechamiento injusto y resulta más que un abuso por lo que los órganos competentes deberían actuar de oficio.


En este sentido, Jerónimo Barrera asegura que "se puede y se tiene que reclamar frente a las mismas". El artículo 82 Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios constituye un instrumento útil y eficaz para ello, continúa Barrera, ya que "son abusivas y por tanto nulas, todas aquellas cláusulas contractuales que impliquen un desequilibrio económico en las obligaciones de las partes, en claro perjuicio del consumidor". Barrera insiste en que "hay un desequilibrio claro y evidente, que permite a la entidad beneficiarse sin límite alguno de las inalcanzables subidas que pueda experimentar el Euribor, y amputa, secciona el beneficio del cliente".