lunes, 16 de febrero de 2015
La Audiencia condena a Dimas Martín a más de cinco años de cárcel y a Batllori a más de siete
La Audiencia de Las Palmas ha condenado a siete años de cárcel al exviceconsejero de Justicia del Gobierno canario Francisco José Rodríguez Batllori y a cinco años y medio al expresidente del Cabildo de Lanzarote Dimas Martín en el primero de los juicios derivados del "caso Unión".
La sección sexta de la Audiencia considera probado que Rodríguez Batllori y Martín cometieron delitos de malversación y prevaricación al pagar con cargo a fondos públicos del Ayuntamiento de Arrecife y de la sociedad Insular de Aguas de Lanzarote (Inalsa) las gestiones que el primero hacía como abogado en favor del segundo.
Esta es la primera de las piezas separadas del caso "caso Unión" que llega a juicio, en un macroproceso por corrupción que investiga el presunto saqueo de fondos de las instituciones públicas de Lanzarote por parte de políticos, empresarios y funcionarios.
En este caso, la sentencia considera probado que Rodríguez Batllori cobró ilegalmente 45.835 euros del Ayuntamiento de Arrecife y de Inalsa por servicios de asesoramiento a ambas entidades que nunca llegó a realizar y que, en realidad, tampoco le podrían haber contratado, dada su condición de funcionario del Gobierno de Canarias (lo que le impedía cobrar de más de una administración).
El tribunal declara acreditado que el exviceconsejero de Justicia de Canarias, de CC, pudo recibir esos ingresos gracias a la mediación de Dimas Martín, fundador del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL), que en aquellos momentos cumplía en prisión dos condenas por delitos de cohecho, malversación y fraude a Hacienda y a la Seguridad Social cometidos desde cargos públicos.
La sentencia dictamina que, a pesar de estar retirado oficialmente de la política por esas condenas, Dimas Martín seguía siendo desde la cárcel "el factótum de Lanzarote", la persona que podía conseguir prácticamente cualquier cosa en la isla gracias al "notable poder" que conservaba sobre los cargos públicos del PIL.
Eso, dice el tribunal en los fundamentos de resolución, "lejos de ser una leyenda urbana", como intentó alegar el propio Dimas Martín durante el juicio, se ha demostrado en este caso que es "una realidad".