domingo, 10 de febrero de 2008

¿MENOS IMPUNIDAD EN ESPACIOS MARÍTIMOS?


El TS anula una decisión de la Audiencia de Las Palmas y obliga a repetir el juicio contra los tripulantes del barco negrero ‘MT Conakry’, ya que estaba claro que el buque se dirigía hacia España

El Tribunal Supremo considera que los tribunales españoles pueden juzgar los delitos de tráfico ilegal de inmigrantes cometidos en aguas internacionales fuera de la jurisdicción española cuando resulta evidente que el destino de la inmigración era el territorio español. Así se establece en una sentencia que anula otra de la Audiencia Provincial de Las Palmas, que declaró su falta de jurisdicción para juzgar a 18 ciudadanos extranjeros por intentar introducir en España a unos 150 inmigrantes a bordo del buque MT Conakry, que fue inspeccionado en alta mar por las autoridades españolas.


El Supremo comparte en esta sentencia los argumentos del Ministerio Fiscal que recurrió el fallo de la Audiencia Provincial alegando que, al ser el territorio español el destino del buque, el delito “se puede tener por cometido” en España.