El Diputado del Común reconoció en días pasados a una anciana de 62 años de edad que el
no responde a dicha institución sobre los motivos del embargo de más de
la mitad de su pensión no contributiva, una medida que todos los
juristas consultados por este periódico consideran ilegal y que, según
la propia afectada, es la cuarta vez que se produce para su pesar.
Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
Tal y como desveló en su día DIARIO DE AVISOS, la mujer -con una
discapacidad reconocida del 65%- se llevó tan desagradable sorpresa en
diciembre del año pasado, cuando comprobó que en vez de los 466,90 euros
que le corresponden de su pensión no contributiva
apenas tenía en su cuenta 198,45 euros. Al preguntar al responsable de
la sucursal, le respondió que el Consistorio les había hecho llegar una
diligencia de embargo por el retraso en el pago de impuestos municipales.
En lo que va de año no han cesado las actuaciones para revertir una
situación injusta a la luz de los apartados 1 y 2 del artículo 607 de la
Ley de Enjuiciamiento Civil, donde se dispone que los salarios,
sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean inferiores al
salario mínimo interprofesional (648,60 euros al mes) no podrán ser
embargados.
Así, el Consistorio capitalino no responde a los requerimientos de la
anciana, que ha presentado una denuncia en el Juzgado de Instrucción
Número 6 dirigida tanto contra el Ayuntamiento capitalino como contra la
entidad bancaria.
Ahora se sabe que el Diputado del Común, que insistirá sobre el tema, también ha recibido la callada por respuesta.